martes, 8 de abril de 2008

Fallo Persona por nacer de desaparecida

La Corte y el derecho a la vida Sábado 9 de junio de 2007

En un importante fallo, el 22 del mes último, la Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció el derecho a la vida de las personas por nacer. Esto ocurrió en una causa en la que se hizo lugar al derecho de una abuela a reclamar una indemnización por daños y perjuicios como consecuencia del asesinato de su nieta cuando ésta se hallaba aún en el vientre de su madre, quien también falleció asesinada en el mismo acto, durante la represión de la subversión. Cabe aclarar que quien accionaba ya había sido indemnizada por la muerte de su hija en virtud de una ley que estipula un reconocimiento económico especial para los muertos y desaparecidos a raíz de los excesos de la represión durante el último gobierno militar. Pero no le había sido concedido ese derecho respecto de su nieta, cuyos restos se encontraron dentro del vientre de su madre. Para denegarle este beneficio, se invocó en instancias anteriores que la ley civil establece que las personas gestadas que nacen muertas son consideradas no nacidas. La sentencia del máximo tribunal confirma que la niña en gestación, entonces, no nació muerta sino que fue asesinada antes de nacer. Ello genera el derecho de sus familiares a ser indemnizados por el hecho ilícito. En circunstancias en las que los ataques al derecho a la vida de las personas por nacer son, en estos tiempos, incesantes, es particularmente auspicioso que nuestro más alto tribunal hasta haya denominado "beba" a la persona asesinada que se encontraba en el vientre materno, con lo que se le asignó correctamente el carácter de ser vivo y persona humana que merece protección. Si bien es cierto que, en el caso comentado, faltaba poco para el nacimiento, no es posible establecer diferencias entre los seres según el estadio de gestación en el que se encuentran. Esto hace aún más ponderable el criterio del legislador, cuando define que la existencia de las personas comienza desde el momento de su concepción en el seno materno. El voto de los doctores Elena Highton y Raúl Eugenio Zaffaroni, que en esto se remiten al dictamen del procurador general de la Nación, señala que "el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda legislación positiva" y que "resulta garantizado por la Constitución nacional, derecho presente desde el momento de la concepción, reafirmado con la incorporación de tratados internacionales con jerarquía constitucional". Por ello, aplaudimos sin retaceos la trascendente decisión de la Corte Suprema de reconocer expresamente el derecho a la indemnización ante un bárbaro atentado al más elemental de los derechos humanos, como lo es el derecho a la vida de una persona ya concebida, pero aún por nacer. Resulta esperanzador que una Corte Suprema integrada por juristas con pluralidad de criterios e ideologías concluya coincidentemente en la necesidad de privilegiar, sin titubeos, el más elemental de los derechos humanos, en momentos en que desde distintos sectores se busca avanzar hacia la legalización del aborto.

La bandera de la agrupación FUP

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Frente Universitario Peronista